Aplicar Retenciones Pendientes
Muchas veces, al momento de registrar un cobro, no disponemos de los certificados de retenciones si bien conocemos los importes de los mismos.
Para subsanar este inconveniente y NO tener que dejar pendiente el cobro, se ingresa un comprobante de RETENCIONES A IMPUTAR provisorio. Es provisorio porque al no tener el número del certificado que requiere la liquidación de retenciones, NO aparecerá en la misma.
Cuando lleguen los comprobantes definitivos, se recurre a esta operación para reemplazar el comprobante provisorio por los datos reales. Los datos se cargan en los conceptos correspondientes del comprobante de liquidación.
Nombre: ARP
Descripción: FTW-06-APLICAR RETENCIONES PENDIENTES
Entidad: GASTOS VARIOS (por ejemplo: AFIP)
Comprobante Principal: COMP. LIQ. APLICACION RETENCIONES
Otros Comprobantes: RETENCIONES A IMPUTAR
√ Aplicación
Esta operación se registra en la opción 4.4.1 Efectuar Cobros:
- - Valores a Liquidar: buscar el comprobante RETENCIONES A IMPUTAR [INGRESADO].
- - Formas de Pago: NINGUNA.
- - Comprobante de Liquidación: completar los conceptos IMPORTE DE RETENCION IB, NUMERO DE RETENCION IB, IMPORTE DE RETENCION IG, y
- NUMERO DE RETENCION IG con los valores que correspondan. Estos importes y números aparecerán en los reportes y liquidaciones de retenciones.
√ Movimientos de Saldos
Ninguno.
√ Asiento Modelo Sugerido
Si al momento de registrar el cobro se debitó el monto del comprobante RETENCIONES A IMPUTAR a una cuenta, por ejemplo, también llamada RETENCIONES A IMPUTAR, se sugiere el siguiente asiento:
- RETENCIONES DE INGRESOS BRUTOS
- RETENCIONES DE GANANCIAS
- a RETENCIONES A IMPUTAR
√ Circuito de Estados
El comprobante RETENCIONES A IMPUTAR queda en estado [COBRADO] y finaliza su circuito.
√ Reportes
Para obtener un detalle de la operación, recurrir a la opción 4.4.2 Reporte de Comprobantes de Cobro.
√ Reversión
Si fuera necesario anular la operación, recurrir a la opción 4.2.9 Deshacer Operaciones.